Nicaragua crea normativa para regular eventos y espectáculos artísticos

Nicaragua crea normativa para regular eventos y espectáculos artísticos

Nicaragua, a través del Ministerio del Interior, MINT, ha anunciado la aprobación de una nueva normativa destinada a regular los eventos y espectáculos artísticos públicos en el país.

Esta normativa fue anunciada por la Ministra del MINT, María Amelia Coronel Kinloch, y tiene como objetivo de garantizar la seguridad ciudadana y el orden interno.

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«La Normativa para la Regulación de Productores, Promotores y Organizadores de Actividades, Eventos o Espectáculos Artísticos Públicos, es el marco regulatorio aplicable a las personas naturales o jurídicas nacionales o de otra nacionalidad que se dediquen a la realización de actividades, eventos o espectáculos artísticos públicos en territorio nacional», explicó la Ministra.

El reglamento señala que para crear un «registro» de productores y promotores de las actividades, se debe cumplir con diferentes requisitos, tal como presentar un certificado de conducta (tradicionalmente llamado, Récord de Policía).

En este registro, pueden inscribirse personas extranjeras como nicaragüenses. Esto es de manera gratuita, una vez esté autorizado, los productores deberán avisar con 30 días de anticipación la actividad que realizarán,.

No obstante, deberá estar detallada la cantidad de personas, el equipo que utilizarán y nombres de artistas que participarán, entre otras.

Requisitos para personas Naturales

  1. Solicitud de Registro, que se obtiene en la sede del Ministerio del Interior.
  2. Cédula de identidad nicaragüense vigente.
  3. En caso de ser de otra nacionalidad: documento de identidad y fotocopia de la hoja de bio dato del pasaporte y en caso de ser ciudadano residente la cédula de residencia vigente emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería. También debe presentar los datos del promotor u organizador asociado artístico nicaragüense.
  4. Cédula del Registro Único de Contribuyente (RUC), vigente.
  5. Matrícula ante Alcaldía, con solvencia vigente.
  6. Certificado de conducta de la Policía Nacional.

Requisitos para empresas o personas jurídicas

  1. Solicitud de Registro, que se obtiene en la sede del Ministerio del Interior.
  2. Cédula del Registro Único de Contribuyente (RUC), vigente.
  3. Matrícula ante la Alcaldía, con solvencia vigente.
  4. Escritura Pública de Constitución y Estatutos, y cuando corresponda, sus reformas en que de cualquier manera se modifiquen dichas escrituras.
  5. Lista de miembros de Junta Directiva, detallando nombres, cargos, dirección, teléfonos, correo electrónico, firmas en original de cada miembro, adjuntando copia de cédula de identidad legible y vigente, en caso de ser alguno de los miembros de otra nacionalidad, deberá presentar copia de hoja de bio dato de su pasaporte y/o cédula de residencia en Nicaragua cuando aplique.
  6. Lista de la totalidad de miembros que conforman la sociedad detallando a los asociados, dirección, teléfonos y número de cédula.
  7. Poder de representación que faculte a la persona designada para actuar en su nombre; los poderes generalísimo o general deberán estar debidamente inscritos ante el Registro Público Mercantil.
  8. Cédula de identidad del representante legal.
  9. Certificación del registro del beneficiario final.
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