Los niños y niñas que quedan en condición de orfandad tras un femicidio enfrentan incertidumbre sobre quién asumirá su cuido y crianza.
La legislación nicaragüense establece que corresponde a un juez de familia determinar cuál pariente es el más apto para asumir esa responsabilidad.
En estos casos, donde la madre ha fallecido y el padre se encuentra encarcelado, debe iniciarse un proceso judicial independiente al penal para definir la custodia del menor de edad.

Durante este proceso, el juez evalúa diferentes factores como la salud, condiciones de vida y estabilidad económica de los familiares. Además, se realizan visitas a cargo de equipos interdisciplinarios conformados por psicólogos y trabajadoras sociales, quienes analizan tanto a la persona como el entorno en el que vivirá el niño o niña.
Aunque el femicidio se juzga en la vía penal, la decisión sobre el cuido y crianza corresponde exclusivamente a la jurisdicción de familia, por lo que ambos procesos se desarrollan de manera separada.
En la práctica, es común que los menores queden bajo el cuidado de abuelos u otros familiares sin un respaldo legal formal. Sin embargo, esta situación puede generar limitaciones al momento de realizar trámites legales importantes.

Sin una resolución judicial, los cuidadores no pueden autorizar procedimientos médicos, gestionar documentos oficiales o realizar trámites migratorios en representación del menor.
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Para formalizar el cuido y crianza, los familiares deben acudir al Ministerio de la Familia, que remite el caso a los juzgados correspondientes. Una vez emitida la sentencia por un juez de familia, la persona designada queda registrada legalmente como responsable en el certificado de nacimiento del niño o adolescente, lo que le permite ejercer su representación legal.